Actualización Cuota Autónomos 2023/2024
Publicado el 22/12/2023, en Autónomos, RETA
Cómo quedará la cuota de autónomos en 2023 y 2024
Fácil, nos referimos a “cuota de autónomos” es decir al pago mensual de la obligación que tenemos al estar en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Para indicarlo simplemente la base de cotización del 2023, pasará a ser calculada en base a los ingresos reales que se declaren en la declaración de renta que presentaremos en 2024.
Actualización cuota de autónomos en 2023
Desde este 1 de Enero de 2023 mediante el Real Decreto-ley 13/2022 de 26 de julio, se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos, concretamente para el año 2023 el sistema de cotización se regirá en función de los rendimientos reales obtenidos, es decir, la diferencia entre los ingresos y los gastos que se computan en el año en la declaración de renta del 2023 que se presentará en 2024.
Con la introducción del sistema de cotización revisado, se requiere que los autónomos revisen sus bases de cotización actuales y que se irá actualizando en previsión hasta el año 2025. Inicialmente 2023 2024 2025 se establecen 15 TRAMOS DE COTIZACIÓN, en los que primeramente cada persona dada de alta en el régimen Especial de Trabajadores Autónomos se ubica en calidad de previsión en un tramo u otro de la tabla de rendimientos y bases de cotización y luego a final de año se regulariza las cotizaciones con la administración, en función de los ingresos de la renta, es decir, vendrá la situación en la que se te devuelvan o se reclamen las cuotas que en base a los Rendimientos Netos declarados en la declaración de renta del año siguiente estén o bien por debajo o por encima de lo que en anterioridad se indicó durante el año en la previsión de tramo.
Se incorporan las tablas de rendimientos y bases de cotización a continuación, marcadas en amarillo las pertenecientes en 2023, que serán las que se tomarán como base cuando se presente la declaración de renta en el 2024.
Tabla de rendimientos y bases de cotización 2023-2025
Tabla Reducida
Tramos de rendimientos netos | 2023 | 2024 | 2025 |
<= 670€ | 751,63 — 849,66 | 753,29 — 816,98 | 653,29 — 718,94 |
> 670€ y 900€ | 849,67 — 900 | 816,99 — 900 | 718.95 — 900 |
> 900 y 1166,70 | 898,69 — 1.166,70 | 872,55 — 1.166,70 | 849,67 — 1.166,70 |
Tramos base de cotización Base mínima—Base máxima Euros/mes |
Tabla General
Tramos de rendimientos netos | 2023 | 2024 | 2025 |
>= 1166,70€ y | 950,98 — 1300 | 950,98 — 1300 | 950,98 — 1300 |
> 1300€ y | 960,78 — 1500 | 960,78 — 1500 | 960,78 — 1500 |
> 1500€ y | 960,78 — 1700 | 960,78 — 1700 | 960,78 — 1700 |
> 1700€ y | 1013,07 — 1850 | 1.045,75 — 1.850 | 1.143,79 — 1.850 |
> 1850€ y | 1029,41 — 2030 | 1.062,09 — 2.030 | 1.209,15 — 2.030 |
> 2030€ y | 1045,75 — 2330 | 1.078,43 — 2.330 | 1.274,51 — 2.330 |
> 2330€ y | 1078,43 — 2760 | 1.111,11 — 2.760 | 1.356,21 — 2.760 |
> 2760€ y | 1143,79 — 3190 | 1.176,47 — 3.190 | 1.437,91 — 3.190 |
> 3190€ y | 1209,15 — 3620 | 1.241,83 — 3.620 | 1.519,61 — 3.620 |
> 3620€ y | 1274,51 — 4050 | 1.307,19 — 4.050 | 1.601,31 — 4.050 |
> 4050€ y | 1372,55 — 4495,50 | 1.454,25 — 4.139,40 | 1.732,03 — 4.139,40 |
> 6000€ | 1633,99 — 4495,50 | 1.732,03 — 4.139,40 | 1.928,10 — 4.139,40 |
Tramos base de cotización Base mínima—Base máxima Euros/mes |
Tabla de rendimientos y bases de cotización 2023-2025
Tabla Reducida
Base Mín. Cotización 2023 | Cuota 2023 | |
HASTA 670€ | 751,63 | 230 |
ENTRE 670 Y 900€ | 849,67 | 260 |
ENTRE 900 Y 1166,70€ | 898,69 | 275 |
ENTRE 1166,70 Y 1300€ | 950,98 | 291 |
ENTRE 1300 Y 1500€ | 960,78 | 294 |
ENTRE 1500€ Y 1700€ | 960,78 |
294 |
ENTRE 1700 Y 1850€ | 1013,07 |
310 |
ENTRE 1850 Y 2030€ | 1029,41 |
315 |
ENTRE 2030 Y 2330€ | 1045,75 |
320 |
ENTRE 2330 Y 2760€ | 1078,43 |
330 |
ENTRE 2760 Y 3190€ | 1143,79 |
350 |
ENTRE 3190 Y 3620€ | 1209,15 | 370 |
ENTRE 3620 Y 4050€ | 1274,51 | 390 |
ENTRE 4050 Y 6000€ | 1372,55 | 420 |
6000€ O MÁS | 1633,99 | 500 |
MUY IMPORTANTE EN CASO DE QUERER MANTENER LA MISMA BASE DE COTIZACION:
Se debe renunciar a la devolución de cuotas (en el caso que se proceda) y el plazo para realizar la renuncia finaliza el último día del mes natural inmediato posteriormente a partir de que se comunica la regularización desde la Seguridad Social
COMO CALCULAMOS NUESTROS INGRESOS REALES DE AUTONOMO?
Para poder calcularte la cuota que deberás abonar dejamos esta web dónde se selecciona el tramo y automáticamente calcula la cuota mensual