Resumen de nuevas medidas para la Fase 0 de la desescalada
Publicado el 05/05/2020, en covid19, desescalada, Ministerio de Sanidad
Ayer 3 de mayo fueron publicadas la órdenes del Ministerio de Sanidad SND/388/2020 y SND/386/2020, con respecto a la actividad y la FASE 0 de desescalada.
El resumen de las medidas aprobadas con respecto a las actividad sería el siguiente:
Reinicio de obras
Se podrán realizar obras que por las circunstancias de sectorización del inmueble o de delimitación de espacios y recorridos de circulación, no se produzca interferencia alguna con las personas no relacionadas con la actividad de la obra.
También quedan exceptuadas aquellas obras que se realicen en locales, viviendas u otras zonas delimitadas del edificio no habitadas, o a las que no tengan acceso los residentes mientras duren las obras, siempre que se cumplan todas las siguientes condiciones:
- Se limite la circulación de trabajadores y materiales por zonas comunes no sectorizadas, y se adopten todas las medidas oportunas para evitar, durante el desarrollo de la jornada, el contacto con los vecinos del inmueble.
- El acceso y salida de esos locales, viviendas o zonas se produzca al inicio y a la finalización de la jornada laboral.
- Los trabajadores adopten las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.
Reapertura de comercios
- Se permite la reapertura al público de todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales cuya actividad fue suspendida en el estado de alarma. Excepciones: los que tengan más de 400 m2 o los que estén en centros comerciales.
- Se establecerá un sistema de cita previa y un único cliente por trabajador/a. No se permite habilitar zonas de espera en el interior de los locales.
- Separación física mediante mostradores o mamparas.
- Horario de atención preferente a mayores de 65 años en sus franjas horarias de paseo (actualmente de 10.00 a 12.00 y de 19.00 a 20.00h).
- Lo anterior no es de aplicación a las actividades que tenían permitido abrir en el estado de alarma, pero sí deberán cumplir las medidas de seguridad e higiene.
Limpieza e higiene
- Limpieza y desinfección, al menos, dos veces al día de todas las superficies de contacto.
- Una de las limpiezas, obligatoriamente, al finalizar el día.
- Productos: disoluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquier de los desinfectantes autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad (lo enviamos más abajo).
- La limpieza se hará en la zona pública y también en las instalaciones como vestuarios, aseos...
- Lavado y desinfección de uniformes y ropa de trabajo (entre 60ºC y 90ºC).
- Ventilación adecuada.
- No se usarán los aseos por parte de los clientes, excepto en casos estrictamente necesarios. Tras su uso habrá que realizar de inmediato una limpieza.
- Papeleras con tapa y pedal para depositar pañuelos o material desechable. Se deberá cambiar, al menos, una vez al día.
Prevención de riesgos para el personal
- No se incorporarán al trabajo quienes estén en aislamiento por diagnostico de COVID-19, tengan síntomas o estén en cuarentena.
- Se les deberá proveer de materiales EPI adecuados a su nivel de riesgo. Deben tener geles hidroalcohólicos (los autorizados por el Ministerio de Sanidad (lo enviamos más abajo) y si esto no es posible: agua y jabón.
- Uso de mascarillas obligatorio cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de dos metros (entre trabajador y cliente y/o entre trabajadores).
- Distancias de seguridad: 1 metro si hay protección o barreras y 2 metros sin estos elementos. En el caso de servicios (peluquerías, estética, fisioterapia...) se deberá utilizar el equipo de protección individual que asegure la protección del trabajador y del cliente. Mínimo de distancia entre clientes: 2 metros.
Medidas de protección e higiene de los clientes
- Permanecer lo estrictamente necesario en el local.
- Si hubiera más de 2 cliente a un tiempo: habrá de señalizarse la distancia de seguridad (2 metros) con marcas en el suelo, uso de balizas, cartelería y señalización. Cada trabajador sólo podrá atender a 1 cliente al tiempo.
- Debe ponerse a disposición de los clientes gel hidroalcohólico autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad a la entrada del local.
- En locales de autoservicio, los clientes no deben manipular los productos.
- No están permitidos los productos de prueba.
- Probadores de ropa: sólo serán usados por 1 persona, se deberán limpiar y desinfectar tras su uso. Si tras la prueba, el cliente no se lleva la prenda, deberá ser higienizada antes de facilitársela a otros clientes.
Hostelería
- Solo entrega a domicilio y mediante recogida por los clientes. Prohibido el consumo en el interior. Establecer turnos y horarios de recogida que evite aglomeraciones. Debe garantizarse la separación física entre trabajadores y clientes.
- Trabajadores: No se incorporarán al trabajo quienes estén en aislamiento por diagnostico de COVID-19, tengan síntomas o estén en cuarentena. Además se les deberá proveer de materiales EPI adecuados a su nivel de riesgo. Deben tener geles hidroalcohólicos (los autorizados por el Ministerio de Sanidad) y si esto no es posible: agua y jabón.
- Clientes: Debe ponerse a disposición de los clientes gel hidroalcohólico autorizados y registrados por el MInisterio de Sanidad (lo enviamos más abajo) a la entrada del local. A la salida del establecimiento, habrá papeleras con tapa de accionamiento no manual dotadas de bolsa de basura. Permanecer en el local lo estrictamente necesario para recoger el pedido. Si hubiera más de 2 cliente a un tiempo: habrá de señalizarse la distancia de seguridad (2 metros) con marcas en el suelo, uso de balizas, cartelería y señalización. Cada trabajador sólo podrá atender a 1 cliente.
Como siempre en caso de duda quedamos a su disposición, en nuestras oficinas y los teléfonos de contacto habituales.